Clodomiro Maturana fue un gran nadador.
Sorteando policías
En noches estrelladas alcanzó playas de Antofagasta.
Bordes de Iquique
Roqueríos cercanos a Valparaíso.
Partido Obrero Francisco Bilbao.
En el cruce de los siglos.
El hombre de agua portó la idea.
Hizo del trabajo un combate.
Proclama.
Unión de obreros y obreras.
Dignidad Libertaria.
Roja bandera anarquista.
También lo pienso en su familia.
Registro sepia en cuarto de la Mila.
Mi abuela llamándolo padre
Llevando su alegría al caminar.
"Ateneo Obrero"
Magnífica revista: "La Luz"
Mientras nado, suelo pensar en Clodomiro.
Desierto que todo lo rompe.
Sangre en Plaza Colón.
Pequeños trazos que hereda la memoria.
Su vida convertida en aurora.
Isidora nadando en el mar.
Pequeño testimonio de la labor revolucionaria del bisabuelo Clodomiro en Antofagasta:
Sin embargo, con el paso de los años, la tendencia anárquica fue en aumento en su seno, lo que se hizo más latente en 1905 cuándo Manuel E. Aguirre, ácrata local, se convirtió en secretario general de la Mancomunal y redactor de “El Marítimo”. A este hecho debemos sumarle el arribo de agitadores provenientes de Santiago y Valparaíso, entre ellos Alejandro Escobar y Carvallo, Marcos Yáñez, Clodomiro Maturana, Casimiro Fuentes, Luis. González y Adrian Chiavegatto, los que junto a Aguirre conformaron el sector libertario en la Mancomunal.
"Pampa Negra"
PROGRAMA DEL PARTIDO OBRERO FRANCISCO BILBAO
Aprobado por las Asambleas Federales reunidas en Santiago de Chile a 10 de abril de 1898 y a 12 de febrero de 1899. Santiago: imprenta y Litografía Chile, 1899, págs. 2 7 y 16.
PROFESIÓN DE FE
PROGRAMA DEL PARTIDO OBRERO "FRANCISCO BILBAO"
I
Artículo primero. El Partido Obrero "Francisco Bilbao" es antagónico al Partido Conservador y a la oligarquía en general y su existencia tiene por objeto combatir el pauperismo, el vicio, el error, la ignorancia y el fanatismo. En consecuencia, pondrá todos los medios que estén de su parte para obtener la emancipación social, económica, política y religiosa de todos los habitantes del Estado.
Para conseguir estos ideales, procurará por medio del sufragio obtener representación en los diversos poderes públicos.
Art. 2° El partido aboga por la innovación del Pacto Social.
EN ESTA VIRTUD PROCLAMA
II
Art. 3° La modificación de nuestra Carta Fundamental.
Art. 4° La República mixta con un Gobierno Central y Congreso Unitario.
Art. 5° Elección de los Intendentes, Gobernadores y Jueces para tramitar los expedientes judiciales, en votación directa del pueblo, por un período de tiempo determinado.
Art. 6° Completa autonomía de todos los Poderes Públicos.
Art. 7° Constitución de las mesas receptoras por el Colegio de Vecinos inscrito en los Registros Electorales de la sección, por voto acumulativo.
Art. 8° El Presidente de la República debe ser elegido en votación directa del pueblo, junto con los Senadores y Diputados y durará como estos, tres años en sus funciones.
Art. 9° Responsabilidad fiscal en caso de prisión indebida, pues la libertad individual debe ser garantida por el Estado en todas sus más latas manifestaciones sin que nadie, salvo delito infraganti que merezca pena aflictiva, pueda ser privado de su goce más amplío ni a pretexto de guerra exterior, revolución o seguridad de la República.
Art. 10. Completa libertad de imprenta, de conciencia, de reunión y de tribuna.
Art. 11. No podrán ser Senadores, Diputados, Ministros de Estado ningún pariente hasta el tercer grado o de afinidad con el Presidente de la República.
Art. 12. Suspensión del derecho electoral a los sacerdotes, militares, marinos, policía, sirvientes domésticos e inquilinos, por carecer en absoluto de la libertad que requiere el sufragio; a los que sean conocidos como viciosos consuetudinarios; a los que hayan sido condenados o estén procesados por delitos que merezcan pena aflictiva, a causa de la falta de idoneidad que requiere el derecho de ciudadanía.
Art. 13. Disolución del Ejército permanente y servicio obligatorio en la Guardia Nacional para todos los propietarios, aunque sean extranjeros y ciudadanos en posesión de derechos políticos, salvo el caso de guerra exterior en que todos los chilenos sin excepción deben servir a la colectividad.
Art. 14. La guerra es una calamidad pública condenada por el Partido y el Progreso y sólo en caso extremo, puede ser acordada por el pueblo en plebiscito y para concluir con ella aboga por un Congreso Internacional de Árbitros, nombrado por las naciones, para dirimir todas las dificultades de los países.
Art. 15. El Estado no reconoce más autoridades que las que tienen su origen en la soberanía popular, ni ampara religión oficial alguna.
EN RELACIÓN AL MEJORAMIENTO SOCIAL, EL PARTIDO SOSTIENE:
III
Art. 16. Amplia protección a la Industria Nacional.
Art. 17. 1° Trabajo legal de 8 horas para los adultos;
2° Fundación de escuelas profesionales;
3° Enseñanza laica, gratuita y obligatoria, acompañada de un aprendizaje de arte u oficio.
4° La instrucción debe comprender el manejo de las armas y sus derivados, y
5° Igualdad civil y educacional del hombre y de la mujer.
Art. 18. El trabajo material de los niños menores de 15 años no podrá exceder en ningún caso de tres horas.
Art. 19. Protección del Estado, en favor de los ancianos, enfermos e inutilizados por el trabajo y la guerra,
Art. 20. Organización de la asistencia pública en favor de las congregaciones laicas de obreros, que tengan por divisa el socorro mutuo y el ahorro.
Art. 21. Adquisición de las habitaciones Construidas sobre suelo ajeno por amortización y la construcción fiscal y municipal de casas para obreros, pagaderas con el arriendo a largo plazo.
Art. 22. El contrato mutuo y obligatorio.
Art. 23. Libre introducción de la materia prima que no se produzca en el país o no alcance a abastecer sus necesidades.
Art. 24. Garantía a los capitales e industrias extranjeras que se establezcan en el territorio de la República.
Art. 25. Libertad de profesiones con responsabilidad criminal y como consecuencia, suprimir los impuestos que gravan el trabajo y los alimentos. Las contribuciones sólo deben pesar sobre las propiedades territoriales y sobre los capitales que excedan de cinco mil pesos.
Art. 26. Remuneración de los Senadores y Diputados por los municipios de las provincias o departamentos que representen.
Art. 27. La única autoridad que debe girar billetes es el Estado, a fin de poder llegar paulatinamente al régimen del padrón de plata, único sistema monetario estable para servir honradamente las necesidades del Estado y del Pueblo productor.
Art. 28. El Partido combate los fraudes y el comercio electoral como una amenaza a la existencia de la República.
Art. 29. El Partido condena el voto vitalicio de profesión religiosa o de castidad, como contrarios a la moral y leyes naturales.
Art. 30. Las leyes penales deben, estar basadas en relación a la instrucción que posea el delincuente.
Art. 31. La pena de muerte debe ser abolida y sustituida por presidio perpetuo en talleres penales, para que el reo, o los reos, con el producto de sus trabajos, sufraguen sus gastos penales, mantengan a su familia y a la de su víctima con preferencia.
Art. 32. La propiedad territorial sólo debe durar ochenta años; vencido este plazo, será rematada en subasta pública por el Estado y entregado el valor a sus legítimos poseedores.
Art. 33. Justicia gratuita en todos sus Órdenes y la existencia del jurado para fallar toda clase de delitos.
Art. 34. Los bienes de la Iglesia han sido adquiridos con el dinero de la colectividad y como su imperio no es de este mundo, deben volver al Estado.
Art. 35. Salario mínimo legal para los operarios, fijado por una comisión de estadística obrera, con arreglo a los precios de los artículos de primera necesidad.
Art. 36. Prohibición del trabajo a las mujeres cuando éste sea poco higiénico o contrario a las buenas costumbres.
Art. 37. Responsabilidad pecuniaria de los patrones en los accidentes del trabajo, garantida por una fianza en circulante metálico, depositada en las cajas de las Sociedades Obreras, proporcional al número de trabajadores empleados a los peligros que presente el trabajo o industria.
Art. 38. Remoción de los representantes del pueblo por el Partido que representen, siempre que falten al programa que se han impuesto o se les ha trazado.
Art. 39. Explotación de todos los talleres fiscales por las Sociedades Obreras.
Art. 40. Establecimiento de un Jurado permanente, para dirimir las dificultades que se susciten entre los trabajadores y los patrones.
Art, 41. Promulgación de una ley agraria que proteja al inquilinaje y a los agricultores en general.
Art. 42. Para acabar con el feudalismo o sea el monopolio del suelo, debe circunscribirse el derecho de propiedad, estableciéndose por una ley que ninguna institución O persona, pueda poseer en las ciudades más de una cuadra cuadrada o sus equivalentes, en pequeñas propiedades, ni más de cien en las partes rurales.
Art. 43. El derecho de legados, herencias, donaciones y capellanías debe ser limitado por el Estado,
Art. 44. El Partido aboga por la colonización, estableciendo el derecho del primer ocupante sobre los terrenos baldíos del Estado, en una extensión que no exceda de cien cuadras.
Art. 45. El Partido combate la empleomanía como una plaga nociva al progreso de las clases trabajadoras y al bien social en general.
Director de turno. - Marcos Yáñez.
Directores. Nicasio Retamales,- Avelino González.- Eduardo Cubillos,- Enrique Sosa.- Teodoro Gauthier.- Horacio A, Batifaulte. Carlos González. José T. Mujica,Adolfo Peralta. José F. Rocuant H. Clodomiro Maturana.
Secretario. Ricardo Guerrero.
Prosecretario. José A. Blanco. Tesorero. Alejandro Bastamente.
Doy fe que esta copia está conforme con el original. Blanco, prosecretario.
La fotografía corresponde a la celebración del primero de mayo de 1917 en Santiago y proviene de
"Archivos de Historia Anarquista"